ENUMERACIÓN. Son faltas contra la subordinación: 1º Ofender o irrespetar al superior con palabras, gestos o actitudes. 2º Replicar las órdenes, correctivos u observaciones. 3º Usar, permitir o tolerar la murmuración o crítica. 4º Hacer reclamaciones infundadas o en forma descomedida o irreglamentaria. 5º Amenazar al superior con acudir ante otros superiores o personas ajenas a la institución para lograr lo que se desea. 6º Pretermitir el conducto regular. 7º Mostrar inconformidad con las órdenes del servicio. 8º Recurrir en forma irregular ante personas ajenas a la institución para obtener lo que se desea, contrariando la decisión del superior. 9º Negar a los superiores la cooperación necesaria, aunque sea por simple descuido o negligencia. CAPITULOVI. DE LAS FALTAS CONTRA LA OBEDIENCIA.
Decreto 100 de 1989 →Vigente
Artículo 113
Decreto 100 de 1989 · por el cual se reforma el régimen disciplinario para la Policía Nacional, aprobado y adoptado por el Decreto número 1835 de 1979.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.