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Artículo 9

Funciones

Decreto 624 de 2016 · por el cual se crea y reglamenta la Mesa Permanente de Concertación con las Centrales Sindicales CUT, CGT, CTC y la Fecode para la Reparación Colectiva al Movimiento Sindical.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones . La Mesa Permanente de Concertación con las Centrales Sindicales CUT, CGT, CTC y la Fecode para la Reparación Colectiva al Movimiento Sindical tendrá las siguientes funciones de consulta

1.

Contribuir a la consolidación de una cultura de respeto y reconocimiento al sindicalismo y al fortalecimiento del Movimiento Sindical, como un actor clave en el funcionamiento de la democracia, así como de la defensa de los derechos de los trabajadores y las libertades sindicales y de la vigencia del Estado Social de Derecho.

2.

Acompañar la implementación del proceso de reparación colectiva al Movimiento Sindical, tendiente a la formulación y ejecución de las medidas de reparación dentro del Plan Integral de Reparación Colectiva.

3.

Apoyar el diseño y formulación de proyectos, planes y programas para la construcción e implementación de la política pública de reparación colectiva al Movimiento Sindical, con enfoque transformador y diferencial que contribuya a la garantía del goce efectivo de los derechos y libertades sindicales.

4.

Formular recomendaciones tendientes a garantizar las medidas de reparación establecidas en el Plan Integral de Reparación Colectiva.

5.

Propender por la participación de los miembros del Movimiento Sindical en el proceso de reparación colectiva.

6.

Crear las comisiones o grupos de trabajo que considere necesarios para el desarrollo de las propuestas de reparación colectiva.

7.

Determinar la creación de grupos de trabajo con expertos que estime convenientes para el estudio de asuntos específicos relacionados con su objeto.

8.

Darse su propio reglamento, lo que incluye, entre otros aspectos, lo referente a la elaboración de las actas, el manejo y depósito de las mismas y la determinación de las funciones de la Secretaría Técnica adicionales a las establecidas en el presente decreto.

9.

Crear una comisión o mesa de trabajo que dé seguimiento al cumplimiento de los acuerdos y avances del proceso de reparación colectiva al Movimiento Sindical.

10.

Las demás que se consideren necesarias para el cabal cumplimiento del objeto de la Mesa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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