Micelio

Artículo 36

Junta Directiva

Decreto 2420 de 1968 · Por el cual se reestructura el Sector Agropecuario

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Junta Directiva. La Junta Directiva del Servicio Colombiano de Meteorología e Hidrología estará integrada por los siguientes miembros

a)

El Ministro de Agricultura o su Representante, quien la presidirá.

b)

El Jefe del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil o su delegado.

c)

El Director del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi", o su delegado.

d)

El gerente General del Instituto de Desarrollo de los Recursos Naturales Renovables (INDERENA).

e)

El gerente del Instituto de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico o su delegado.

Parágrafo

El Gerente de la Federación Nacional de Cafeteros, o su delegado y el Gerente del Instituto de Fomento Municipal, o su delegado, podrán asistir con derecho a voz y voto a las deliberaciones de la Junta Directiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2420 de 1968