Micelio

Artículo 40

Ley 43 de 1987 · por la cual se regulan varios aspectos de la Hacienda Pública en materia de presupuesto, crédito público interno y externo, impuestos directos e indirectos, se conceden y precisan unas facultades extraordinarias, se establece una inversión forzosa y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El impuesto del uno por ciento (1%) sobre el pago de cuentas, establecido en los artículos 1° de la Ley 4 a de 1966 y 5° de la Ley 33 de 1985 , no se aplicará en el caso de las cuentas que se paguen por concepto de préstamos otorgados por las entidades bancarias ya sea que tales pagos involucren el reembolso de capital o la cancelación de intereses.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 43 de 1987