Micelio

Artículo 5

Ley 185 de 1959 · Por la cual se ordena el estudio de algunas obras en el Municipio de Buenaventura y la costa vallecaucana del pacífico, y se conceden facultades al Gobierno para tal fin

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En cumplimiento del artículo 2° de la presente Ley que ordena el estudio y el desarrollo de planes y programas sobre la capacidad agrícola de la zona del Litoral Pacífico, el Gobierno realizará los siguientes estudios:

a)

Posibilidad del establecimiento de una flotilla de cabotaje;

b)

El establecimiento de agencias de la Caja de Crédito Agrario en los sitios adecuados para la financiación de las empresas agropecuarias;

c)

Un plan de vías carreteables de penetración a las poblaciones más importantes de la zona;

d)

La posibilidad de la ejecución de los canales entre los ríos Cajambre y Mayorquin y del Istmo de San Joaquín, prolongando este canal hasta comunicarlo con la ensenada de Málaga.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 185 de 1959