Son funciones de la Subdirección de Recaudo
Programar, orientar y controlar las labores de reconocimiento, cuenta corriente, recaudo, expedición de paz y salvos, cobro de cartera morosa y registros contables en las unidades correspondientes de las Administraciones de Impuestos Nacionales, según las políticas trazadas por la Dirección;
Controlar por medio de visitas autorizadas por el Subdirector y de evaluación de resultados, el cumplimiento en las Administraciones de Impuestos Nacionales, de los programas, manuales, reglamentos e instrucciones que se establezcan en su área, e impartir instrucciones para corregir las irregularidades que se presenten;
Impartir instrucciones específicas en materia de procedimientos contables, de rendición de informes y de la cuenta mensual, de conformidad con las normas fiscales vigentes;
Vigilar el trámite de los procesos que adelanten las unidades de Cobranzas de las Administraciones de Impuestos Nacionales y asesorarlas en el cumplimiento de sus funciones;
Gestionar ante la División de Servicios Administrativos el giro a las Administraciones de Impuestos Nacionales de la partida "Defensa de Hacienda Pública";
Organizar y mantener actualizado el Banco de Datos en lo referente a la ejecución activa del Presupuesto Nacional;
Absolver consultas relacionadas con el área de su competencia provenientes de funcionarios de la Dirección General;
Aprobar las resoluciones de que trata el artículo 110 del Decreto 1651 de 1961, según los actos de delegación del Director General de Impuestos Nacionales, e
Asesorar a la Dirección en lo relacionado con las políticas y los planes de recaudo y en la reglamentación de las normas relacionadas con su área.