Micelio

Artículo 25

La Junta Directiva, Dictara El Reglamento Orgánico Del Instituto, Ciñéndose A Los Términos Del Presente Decreto

Decreto 289 de 1950 · Por el cual se organiza el Instituto de Fomento Municipal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Junta Directiva, dictara el reglamento orgánico del Instituto, ciñéndose a los términos del presente Decreto. Dicho reglamento orgánico deberá ser adoptado por cuatro (4) votos a lo menos, se someterá a la aprobación del Presidente de la Republica y se publicara en el Diario Oficial. La Junta expedirá también los demás reglamentos especiales que exija el funcionamiento del Instituto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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