La nulidad solo comprenderá la actuación posterior al motivo que la produjo y que resulta afectada por éste. El juez indicará en forma precisa; las diligencias que deban reponerse.
Decreto 2001 de 1977 →Vigente
Artículo 18
La Nulidad Solo Comprenderá La Actuación Posterior Al Motivo Que La Produjo Y Que Resulta Afectada Por Éste
Decreto 2001 de 1977 · Por el cual se establece el procedimiento para sancionar los delitos descritos en la Ley 23 de 1977
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.