Régimen de transición. Las normas sobre trámites y procedimientos y las que expresamente prevea este Decreto para ser aplicables a todos los operadores, regirán a partir de la fecha de su promulgación y se aplicarán a todos los operadores del servicio portador quedando a salvo los derechos adquiridos que pueden existir.
Decreto 1119 de 1997 →Vigente
Artículo 22
Decreto 1119 de 1997 · Por el cual se expiden normas sobre el servicio portador y se reglamenta el Decreto-ley 1900 de 1990
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.