Corresponde a la Junta determinar, con la aprobación del Gobierno Nacional, la forma de distribución de los productos de la lotería, de los premios de los billetes no vendidos, etc., y fijar los porcentajes que se deben destinar para el presupuesto anual de la Lotería y la constitución á un fondo de reserva, con miras a incrementar el patrimonio de la misma hasta lograr su funcionamiento independiente.
Decreto 766 de 1964 →Vigente
Artículo 10
Corresponde A La Junta Determinar, Con La Aprobación Del Gobierno Nacional, La Forma De Distribución De Los Productos De La Lotería, De Los Premios De Los Billetes No Vendidos, Etc
Decreto 766 de 1964 · Por el cual se crean loterías para cada una de las Intendencias y Comisarías
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.