Micelio

Artículo 1

Utilización De Los Servicios Bancarios

Decreto 1035 de 1992 · por el cual se dictan disposiciones en relación con la utilización de servicios bancarios, por parte de los establecimientos de crédito a las sociedades comisionistas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Utilización de los servicios bancarios. Las sociedades comisionistas de bolsa podrán contratar la prestación de servicios bancarios, por parte de los establecimientos de crédito a que se refieren los artículos 1.1.1.1.1, 1.1.1.1.2 y 1.1.1.1.6 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, como apoyo para la ejecución de sus negocios, siempre que dichos contratos no impliquen la delegación de las decisiones que corresponden a la sociedad comisionista o permitan desarrollar actividades para cuya realización no estén legalmente habilitadas. Las sociedades comisionistas podrán realizar a través de la red de oficinas de los establecimientos de crédito todas las operaciones que tengan por objeto el recaudo, el pago y la transferencia de fondos, la recepción o entrega de títulos, la transmisión escrita, o por medio electrónico, de instrucciones por parte de los comitentes y de informaciones por parte de la sociedad comisionista, relativas a las transferencias de fondos o de valores. Igualmente la sociedad comisionista podrá, de acuerdo con los términos del respectivo contrato, obtener la colaboración del establecimiento de crédito con el fin de verificar la autenticidad del último endoso de los títulos cuya enajenación se le encomienda, así como la identidad de sus comitentes y la existencia de los poderes de sus representantes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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