Micelio

Artículo 7

La Tesorería General De La República Sólo Podrá Cubrir Gastos Del Servicio Público Y Autorizar A Los Administradores De Hacienda Para El Pago De Los Mismos, Cuando La Partida Correspondiente Figure En Relación Semanal Del Respectivo Ministerio, Debidamente Aprobada Por El Del Tesoro

Decreto 523 de 1922 · Por el cual se adiciona el número 814 de 1915

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La Tesorería General de la República sólo podrá cubrir gastos del servicio público y autorizar a los Administradores de Hacienda para el pago de los mismos, cuando la partida correspondiente figure en relación semanal del respectivo Ministerio, debidamente aprobada por el del Tesoro. Publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 523 de 1922