En la sentencia, el Juez establecerá, sin formulismos y con brevedad:
1° Los hechos que han quedado probados.
2° Las cuestiones de derecho que considere necesarias al caso, en especial la referente a la calificación legal del delito
3° Las conclusiones sacadas de los estudios de hechos sobre la personalidad el menor.
4° Las medidas pronunciadas contra mayores en los casos del articulo 51.
5° La orden de pasar al Juez ordinario lo que resulte contra mayores; y
6° Las medidas que se adopten para la salvación del menor.