Micelio

Artículo 116

La Duración De Las Penas Principales Es La Siguiente: 1ª

Decreto 1125 de 1950 · por el cual se expide el nuevo Código de Justicia Penal Militar

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La duración de las penas principales es la siguiente: 1ª. Presidio militar, de 1 a 24 años; 2ª. Prisión militar, de 6 meses a 8 años; y 3ª. Arresto militar, de 1 día a 5 años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1125 de 1950