Micelio

Artículo 6

Funciones Del Despacho Del Subdirector Territorial Y De Inversión Pública Del Departamento Nacional De Planeación

Decreto 1832 de 2012 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones del Despacho del Subdirector Territorial y de Inversión Pública del Departamento Nacional de Planeación. Son funciones del Subdirector Territorial y de Inversión Pública del Departamento Nacional de Planeación, las siguientes

1.

Coordinar y consolidar la elaboración del Plan Nacional de Inversiones de acuerdo con las directrices establecidas por el Gobierno Nacional

2.

Apoyar la formulación y socialización del Plan Nacional de Desarrollo.

3.

Apoyar al Despacho del Director en la evaluación de la gestión por resultados del Plan Nacional de Desarrollo y de los recursos de inversión, en especial los del Presupuesto General de la Nación y el Sistema General de Regalías, en lo concerniente a las políticas, planes, programas y proyectos.

4.

Presentar, para aprobación de la Dirección General, los lineamientos estratégicos para la coordinación y el acompañamiento en la formulación, preparación y seguimiento de políticas, planes, programas y proyectos, con énfasis en convergencia regional, ordenamiento territorial y articulación entre niveles de gobierno y fuentes de recursos en los territorios.

5.

Promover, con la Subdirección Sectorial y demás direcciones que la conforman, la coordinación para la formulación y ejecución de políticas para el ordenamiento territorial y el desarrollo regional.

6.

Coordinar la articulación entre la Nación y las entidades territoriales en el uso de los recursos de inversión pública.

7.

Coordinar el diseño de políticas públicas, del Presupuesto General de Inversión y del Sistema General de Regalías y la articulación entre la planeación de las entidades del Gobierno Nacional y los demás niveles de gobierno para avanzar en el desarrollo económico, social, institucional y ambiental a nivel regional.

8.

Supervisar la distribución de recursos del Sistema General de Participaciones y realizar el monitoreo a la ejecución del componente de propósito general.

9.

Coordinar la aplicación de mecanismos y herramientas que garanticen el cumplimiento de las políticas de inversión pública y garantizar su coherencia con el Plan Plurianual de Inversiones, el Marco de Gasto de Mediano Plazo y otros instrumentos de planeación financiera y presupuestal de la Nación.

10.

Priorizar, de acuerdo con los objetivos y metas del Plan Nacional de Desarrollo, los programas y proyectos del Plan Operativo Anual de Inversiones para su incorporación en la Ley Anual del Presupuesto, utilizando, entre otros, los resultados de las evaluaciones y el seguimiento para la asignación de los recursos, en coordinación con los Ministerios y Departamentos Administrativos.

11.

Definir los lineamientos técnicos del ciclo de proyectos de inversión y fortalecer las capacidades del sector público en la gestión y administración de estos desde la formulación hasta la evaluación.

12.

Participar en la evaluación de los proyectos de inversión privada, nacional o extranjera, en los que sea parte el Gobierno Nacional y que sean de su competencia.

13.

Ejercer la Secretaría Técnica de la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías y realizar las acciones necesarias para el buen funcionamiento del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación.

14.

Apoyar a las entidades territoriales, cuando estas lo soliciten, en la priorización y formulación de los proyectos financiables con recursos del Sistema General de Regalías y su incorporación en el proyecto de Ley Bienal de Presupuesto del Sistema General de Regalías.

15.

Participar en el desarrollo y elaboración de documentos Conpes, especialmente en aquellos relacionados con temas regionales y de desarrollo local.

16.

Coordinar el diseño y reglamentación de esquemas de asociación y coordinación entre los diferentes niveles de gobierno y al interior de los mismos, así como entre públicos y privados.

17.

Coordinar el desarrollo de actividades para el correcto funcionamiento de la Secretaría Técnica de la Comisión de Ordenamiento Territorial.

18.

Apoyar al Director General en el desarrollo de las funciones correspondientes a la Secretaría Técnica de la Comisión de Ordenamiento Territorial.

19.

Asesorar a los organismos y entidades competentes en la formulación, seguimiento y evaluación de políticas, planes, programas y proyectos dirigidos a poblaciones vulnerables y grupos étnicos que requieren para su implementación acciones articuladas y diferenciadas en las entidades territoriales.

20.

Apoyar al Director General en sus relaciones con el Congreso de la República y vigilar el curso de los proyectos de ley, relacionados con los temas de su competencia.

21.

Las demás que le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1832 de 2012