Los pasajes por comisiones al exterior serán otorgados de acuerdo con el artículo 2.° del Decreto-ley 3306 de 1963 y con el Decreto 1725 de 1964. Los funcionarios comprendidos en el artículo 2.° de este Decreto y los Oficiales de la Casa Militar de la Presidencia de la República tendrán derecho a pasajes aéreos internacionales de primera clase.
Decreto 483 de 1975 →Vigente
Artículo 13
Los Pasajes Por Comisiones Al Exterior Serán Otorgados De Acuerdo Con El Artículo 2
Decreto 483 de 1975 · Por el cual se reglamentan los decretos-leyes 3306 de 1963 y 637 de 1974
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.