Articulo 1° Señalase como acantonamiento del Regimiento de Caballería Guardia Nacional número 4, la hacienda denominada Santo Domingo, ubicada en el Municipio de San Lorenzo, Departamento, del Tolima.
Decreto 581 de 1922 →Vigente
Artículo 1
Señalase Como Acantonamiento Del Regimiento De Caballería Guardia Nacional Número 4, La Hacienda Denominada Santo Domingo, Ubicada En El Municipio De San Lorenzo, Departamento, Del Tolima
Decreto 581 de 1922 · Por el cual se cambia de acantonamiento al Regimiento de Caballería Guardia Nacional número 4, y se dictan unas disposiciones relacionadas con la hacienda de Santo Domingo
01
El texto del artículo
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02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.