Micelio

Artículo 124

Decreto 1403 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo No. 62 del 29 de junio de 1994 del Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales que adopta la estructura interna y establecen las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- La Unidad de Información y Registro cumplirá las siguientes funciones

a)

Programar, organizar y controlar el desarrollo del sistema de información en la Clínica.

b)

Dirigir la elaboración, recolección, procesamiento y análisis de Ios informes estadísticos de los servicios.

c)

Suministrar a las unidades, subgerencias, departamentos y servicios clínicos y quirúrgicos, la información que permita promover, evaluar y controlar la eficiencia de los recursos y la calidad de los servicios.

d)

Velar porque el proceso de recepción y admisión de los usuarios de la Clínica sea ágil.

e)

Coordinar la información y los registros de la red de servicios asistenciales, para la operatividad del proceso de referencia y contrarreferencia de los usuarios.

f)

Coordinar y vigilar el proceso de asignación de citas para los diferentes servicios de la Clínica.

g)

Colaborar en el diseño de los registros y manejo de información de los programas de atención.

h)

Dirigir la organización de los archivos de historias clínicas, registros asistenciales y velar por su adecuada conservación y utilización.

i)

Las demás que se le asignen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1403 de 1994