Micelio

Artículo 9

Ley 126 de 1890 · Por la cual se adicionan las Leyes 89, 92 y 149 de 1888

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 9 ° Corresponde donde existieren, á las Juntas administrativas de que trata el artículo 8 ° de la Ley 89 de 1888 , expedir los Presupuestos de Rentas y Gastos y nombrar los profesores de los Establecimientos públicos de instrucción secundaria, todo con aprobación del Gobernador del respectivo Departamento

Exceptúanse de lo dispuesto en este artículo los Establecimientos á que se refiere el artículo 1 ° de esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 126 de 1890