° Los trabajos realizados en las industrias o comercios que responden a las necesidades cuotidianas o indispensables de la alimentación, a que se refiere el ordinal c) del
del artículo 1° de la Ley 72 de 1931, son
Los servicios o empresas de producción de agua potable.
Los mataderos públicos.
Los expendios de carnes, legumbres, frutas y víveres en general.
Las lecherías, y el reparto y venta de sus productos.
Los expendios de bizcochos, dulces y helados.
Los hoteles, casas de asistencia, pensiones, restaurantes y cafés.
Los trabajos de ordeño y preparación de los productos lácteos.
Los expendios de chocolates.
La pesca y la venta de sus productos.
El reparto y venta de hielo.