Micelio

Artículo 15

Comisiones

Decreto 1234 de 1971 · Por el cual se aprueba parcialmente el Acuerdo número 98 de 1970 del Consejo Superior de la Universidad Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comisiones. La Universidad concederá comisiones remuneradas y adhonorem a los empleados para realizar estudios en el exterior o en el país no costeados por la Universidad. Estas comisiones se concederán hasta por un año, y hasta para dos empleados por año, en capacitaciones de funciones administrativas, técnicas, sociales o de servicios auxiliares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1234 de 1971