Micelio

Artículo 1

Decreto 2599 de 1950 · por el cual se hacen una traslaciones en el presupuesto vigente (Policía Nacional).

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente:

POLICIA NACIONAL

Capítulo 6°

Del artículo 38. Para sueldos del personal de la Policía Nacional, y sueldos y gastos de toda clase que demande el servicio de Policía Rural, en el año, así:

a)

Sueldos Policía Nacional

$

400.000.00

Suman los contracréditos

$

400.000.00

Capítulo 6°

Al artículo 39. Para sobresueldos del personal de la Policía Nacional, en el año

$

20.000.00

Al artículo 40. Para el pago de la "Prima de Alojamiento", en los términos de la ley, en el año

30.000.00

Al artículo 41. Para pagar la remuneración, pasajes, viáticos y demás gastos que ocasione el personal técnico colombiano o extranjero que se contrate para la reorganización de la Policía Nacional, de acuerdo con el artículo 4° de la Ley 93 de 1948, en el año

3.000.00

Al artículo 44. Para viáticos y gastos de transporte del personal de la Policía Nacional, en el año

10.000.00

Artículo 45. Para investigaciones reservadas

14.000.00

Al artículo 46. Para los gastos que demande el sostenimiento de los vehículos al servicio de la Institución, inclusive el aseguro de los mismos, en el año

30.000.00

Al artículo 49. Para útiles de escritorio, muebles, enseres y equipo de oficina y para reparación y conservación de los mismos, en el año

25.000.00

Al artículo 52. Para equipo de dormitorio, accesorios, repuestos y materiales destinados al mismo fin, en el año

$

20.000.00

Al artículo 53. Para elementos de comedor, y casinos de las secciones y divisiones de la sección, en el año

8.000.00

Al artículo 67. Para pagar a los empleados de la Institución la Prima de Navidad, autorizada por la Ley 45 y el Decreto 3070 de 1945

240.000.00

Suman los créditos

$

400.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2599 de 1950