Acreditación de cumplimiento de los requisitos de inversión y empleo, ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue. Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios a lo que les hayan expedido el acto de conformidad, deberán acreditar el cumplimiento'de los requisitos de inversión y empleo, ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue, así: 1. Las inversiones realizadas año a año de conformidad con el plan de inversión aprobado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue. 2. El cumplimiento de los montos mínimos de empleo año a año, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.2.1.22.63. de este Decreto. Al finalizar el sexto (6) año previsto para la realización de las inversiones, el inversionista radicará ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural una certificación firmada por el representante legal de la sociedad y por el contador público o el revisor fiscal según sea el caso, en donde se certifique el cumplimiento del monto total de la inversión realizada de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artículo 235-2 del Estatuto Tributario y lo previsto en el artículo 1.2.1.22.67, de este Decreto. Cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue, determine el incumplimiento de los compromisos de inversión y/o empleo, deberá informarlo de manera inmediata a la Subdirección de Gestión de Fiscalización Tributaria o el área que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, adjuntando el material probatorio recaudado.Parágrafo 1. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedición del presente Decreto, mediante ResoluCión establecerá los mecanismos para la verificación de lo dispuesto en este artículo, con indicación de los documentos que los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deben presentar y conservar.
TEXTO CORRESPONDIENTE A