°. El artículo 4° de los Estatutos del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario - Finagro, quedará así: "Artículo 4°. Domicilio. El domicilio principal de Finagro será la ciudad de Bogotá, D. C. Con el lleno de los requisitos legales previa autorización de su Junta Directiva, podrá establecer sucursales y agencias en otros lugares del país":
Decreto 2860 de 2011 →Vigente
Artículo 2
El Artículo 4° De Los Estatutos Del Fondo Para El Financiamiento Del Sector Agropecuario - Finagro, Quedará Así: "artículo 4°
Decreto 2860 de 2011 · por el cual se aprueba una reforma de los Estatutos del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario - Finagro.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.