Micelio

Artículo 2

Fíjase La Cantidad De Mil Doscientos Ochenta Y Nueve Pesos Ochenta Y Un Centavos ($ 1,289-81) Para Pagar El Exceso Del Valor De La Alimentación Del Personal Hospitalizado En El Hospital Militar Central Durante Los Meses De Enero Y Febrero Del Presente Año

Decreto 514 de 1938 · Por el cual se hace una modificación al Decreto 1505 de 1937

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Fíjase la cantidad de mil doscientos ochenta y nueve pesos ochenta y un centavos ($ 1,289-81) para pagar el exceso del valor de la alimentación del personal hospitalizado en el Hospital Militar Central durante los meses de enero y febrero del presente año.

Parágrafo

La mencionada cantidad se imputará a las apropiaciones de alimentación, lavado y peluquería, de las diferentes armas en proporción al número de estancias correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 514 de 1938