Micelio

Artículo 132

Ley 126 de 1959 · Por la cual se reorganiza la carrera de Oficiales de las Fuerzas MilitaresVigente Parcial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Alféreces, Guardiamarinas y Cadetes de las Escuelas de Formación de Oficiales, que se retiren en buenas condiciones durante el último año de estudios, podrán obtener el grado de Subtenientes de Reserva, o su equivalente en la Armada, a juicio del Gobierno, pero no podrán ser llamados al servicio activo sino en caso de movilización.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 126 de 1959