Micelio

Artículo 61

Decreto 1056 de 1953 · Por el cual se expide el Código de Petróleos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Facúltase al Gobierno Nacional para instalar en Cartagena un equipo de tanques para depósito y embarque del petróleo proveniente de las regalías de propiedad de la Nación. Queda facultado el Gobierno para abrir los créditos administrativos necesarios para la ejecución de esta obra, que podrá llevarse a cabo por administración directa o por contrato. CAPITULO X Exenciones, Agotamiento y Amortización

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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