Art. 1.° Todos los alumnos pensionados por la Nacion tienen el deber de ganar tres cursos anuales, por lo ménos, de los correspondientes a las Escuelas en donde hagan sus respectivos estudios.
Decreto 78 de 1875 →Vigente
Artículo 1
Decreto 78 de 1875 · Por el cual se reforma el artículo 71 del decreto orgánico de la Universidad nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.