De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Constitución colombiana, los periodistas extranjeros y corresponsales en misiones especiales de información, disfrutarán de los mismos derechos y garantías de los periodistas nacionales en todo lo referente al cumplimiento de sus funciones profesionales.
Ley 36 de 1973 →Inexequible
Artículo 12
Ley 36 de 1973 · por la cual se reconoce el periodismo como profesión y se reglamenta su ejercicio y se dictan otras disposiciones.Declarado
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.