°. Adiciónese la Subsección 11 a la Sección 1 del Capítulo 1 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2, del Decreto 1082 de 2015, la cual quedará así: SUBSECCIÓN 11 PLANEACIÓN DE LAS CONVOCATORIAS PÚBLICAS, ABIERTAS Y COMPETITIVAS Artículo 2.2.4.1.1.11.1. Retos del desarrollo regional . Para efectos de la planeación de las convocatorias públicas, abiertas y competitivas los Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnología e Innovación (Codecti,) definirán los retos del desarrollo regional, entendidos estos como las oportunidades más promisorias o los problemas más relevantes que se deben aprovechar o resolver. La definición de los retos del desarrollo regional debe enmarcarse en los focos y líneas programáticas establecidas en el Manual de Clasificación de la Inversión Pública para el sector de ciencia, tecnología e innovación, priorizados en los Planes y Acuerdos Estratégicos Departamentales en Ciencia, Tecnología e Innovación (PAED), vigentes y considerar los procesos de planeación local y regional, el Plan Nacional de Desarrollo, las políticas públicas en materia de CTeI, las agendas integradas de competitividad, ciencia, tecnología e innovación, el Plan Estratégico de Ciencia, Tecnología e Innovación del Sector Agropecuario (PECTIA) y demás planes o agendas sectoriales de CTeI. Artículo 2.2.4.1.1.11.2. Recomendaciones para la inversión . Los Codecti recomendarán al OCAD del Fondo de CTeI para cada línea programática, el porcentaje del saldo de recursos disponibles para la aprobación de proyectos. Este porcentaje será indicativo para la estructuración del Plan Bienal de Convocatorias. Así mismo, los departamentos y el Distrito Capital podrán solicitar a la Secretaría Técnica del OCAD de CTeI la realización de convocatorias, para que sean incluidas dentro del Plan Bienal de Convocatorias, de conformidad con lo indicado en el
de artículo 2° de la Ley 1923 de 2018.
Esta información debe ser remitida a la Secretaría Técnica del OCAD del Fondo de CTeI (Colciencias), a más tardar el 31 de enero del primer año de cada bienio presupuestal del SGR, o al mes siguiente de la suscripción o actualización del respectivo PAED.
De no ser remitida la información por parte del Codecti dentro del plazo señalado, corresponde a la Secretaría Técnica elaborar y presentar para aprobación del OCAD del Fondo de CTeI los retos de desarrollo regional y el porcentaje del saldo de recursos disponibles para la aprobación de proyectos. Artículo 2.2.4.1.1.11.3. Plan Bienal de Convocatorias . El Plan Bienal de Convocatorias es el instrumento a través del cual el OCAD del Fondo de CTeI, a través de la Secretaría Técnica, dará a conocer, entre otros aspectos, el cronograma de las convocatorias, los montos de financiación y los territorios de influencia de los proyectos, que se realizarán para responder a los retos del desarrollo regional que deben ser abordados desde la ciencia, la tecnología y la innovación. Artículo 2.2.4.1.1.11.4. Elaboración y aprobación del Plan Bienal de Convocatorias . La Secretaría Técnica del OCAD del Fondo de CTeI, con base en la información remitida por el Codecti, elaborará el Plan Bienal de Convocatorias el cual será presentado para aprobación del OCAD del Fondo de CTeI a más tardar el 30 de marzo del primer año de cada bienio presupuestal del SGR.
La Secretaría Técnica del OCAD del Fondo de CTeI velará por el cumplimiento de lo dispuesto en el Plan Bienal de Convocatorias. Por lo anterior, propondrá para aprobación del OCAD del Fondo de CTeI los ajustes o actualizaciones necesarios y presentará informes periódicos al OCAD sobre el avance del mismo”.