º . Comité de Selección . La evaluación y calificación de los proyectos cuya solicitud haya sido admitida, estará a cargo del Comité de Selección. Dicho Comité dictará su propio reglamento de funcionamiento, teniendo en cuenta las condiciones propias de cada una de las Zonas Especiales Económicas de Exportación. Cuando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 677 de 2001, exista sociedad promotora de la respectiva Zona Especial Económica de Exportación, esta será invitada a participar, con voz pero sin voto, en aquellas sesiones del Comité de Selección en las que se estudien proyectos concernientes a su región. La Dirección de Promoción y Cultura Exportadora del Ministerio de Comercio Exterior, ejercerá la Secretaría Técnica del Comité.
Decreto 1227 de 2002 →Vigente
Artículo 9
Decreto 1227 de 2002 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 677 de 2001 sobre tratamientos excepcionales para regímenes territoriales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.