Micelio

Artículo 2

º La Iglesia Católica Conservará Su Libertad É Independencia De La Potestad Civil, Y Por Consiguiente Sin Ninguna Intervención De Ésta Podrá Ejercer Libremente Toda Su Autoridad Espiritual Y Su Jurisdicción Eclesiástica, Conformándose En Su Gobierno Y Administración Con Sus Propias Leyes

Decreto 816 de 1888 · Por el cual se promulga como ley el Convenio con Santa Sede

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La iglesia Católica conservará su libertad é independencia de la potestad civil, y por consiguiente sin ninguna intervención de ésta podrá ejercer libremente toda su autoridad espiritual y su jurisdicción eclesiástica, conformándose en su gobierno y administración con sus propias leyes.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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