Micelio

Artículo 45

En Ningún Caso Se Podrán Autorizar O Contraer Obligaciones Imputables A Apropiaciones Inexistentes O En Exceso Del Saldo Disponible Antes De La Aprobación Del Crédito Adicional O- Traslado Correspondiente

Decreto 3146 de 1980 · Por el cual se aprueba el Estatuto General de la Universidad Pedagógica Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En ningún caso se podrán autorizar o contraer obligaciones imputables a apropiaciones inexistentes o en exceso del saldo disponible antes de la aprobación del crédito adicional o- traslado correspondiente. Tampoco se podrán expedir actos administrativos para legalizar obligaciones contraídas per fuera del presupuesto o en exceso del valor de la disponibilidad en- las apropiaciones vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3146 de 1980