Micelio

Artículo 16

Las Cargas Que Se Suspendan En El Mar Por El Sistema De Flotadores, Deben Ser De Tipo Y Empaquetadura Tales Que Se Desintegren Y Neutralicen En Corto Tiempo

Decreto 250 de 1965 · Por el cual se adoptan normas técnicas para la exploración sísmica sumarina en busca de petróleo, y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las cargas que se suspendan en el mar por el sistema de flotadores, deben ser de tipo y empaquetadura tales que se desintegren y neutralicen en corto tiempo. Si una de estas cargas suspendidas en el agua fallara al dispararla, deberá retirarse inmediatamente, siempre y cuando la operación, en opinión del jefe de cuadrilla, no constituya peligro para ninguno de los miembros de ésta, y en ningún caso deberá abandonarse la carga viva.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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