Micelio

Artículo 7

Decreto 226 De 1957

Decreto 169 de 1957 · Por el cual se dictan medidas en relación con artículos de primera necesidad

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo séptimo . Los alcaldes municipales quedan facultados igualmente para controlar la distribución, venta y consumo de azúcar, de acuerdo con las normas que para el efecto dicte el Ministerio de Fomento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 169 de 1957