Micelio

Artículo 56

Toda Falta De Los Músicos Y Su Correspondiente Castigo, Serán Anotados En El Cuadro Semanal De Conducta Y Servicio De La Respectiva Banda, Y Se Llevará Cuenta Exacta De Las Reincidencias En Que Aquellos Incurran

Decreto 228 de 1897 · Que reorganiza las bandas de música militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Toda falta de los músicos y su correspondiente castigo, serán anotados en el cuadro semanal de conducta y servicio de la respectiva Banda, y se llevará cuenta exacta de las reincidencias en que aquellos incurran.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 228 de 1897