Micelio

Artículo 2.1.4.1.1.2.3

Funciones

Decreto 1081 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones. La Subcomisión Técnica para la Prevención de la Corrupción tendrá las siguientes funciones

1.

Proponer los lineamientos en materia de prevención de la corrupción que serán puestos a consideración de la Comisión Nacional de Moralización, desde un enfoque de garantía a los derechos humanos, haciendo especial mención a las medidas en materia de prevención que deberán adoptar las Comisiones Regionales de Moralización. La Subcomisión Técnica para la Prevención de la Corrupción deberá incluir en los lineamientos los siguientes criterios: 1.1. Prevención temprana: orientada a identificar las causas que generan corrupción en los distintos entes territoriales, con el fin de desplegar acciones que permitan anticiparse a los hechos de corrupción y adoptar medidas para evitar su ocurrencia, así como para detectar de manera temprana actuaciones irregulares que puedan derivar en casos de corrupción, para lo cual tendrá en cuenta los estudios, investigaciones y recomendaciones que se emitan desde la RENOBA y RADAR. 1.2. Prevención urgente: dirigida a actuar eficazmente ante la inminencia de hechos de corrupción, con el fin de desplegar todas las acciones y medidas necesarias para mitigar los daños individuales, sociales y colectivos que se desprendan de tales hechos, y proteger los recursos públicos. 1.3. Garantías de no repetición: adoptar medidas e implementar acciones que comprometan a las entidades públicas y a la ciudadanía, para que los hechos de corrupción y las vulneraciones a derechos humanos que se hayan derivado de estos no vuelvan a ocurrir. Los lineamientos en materia de prevención podrán contener escenarios de sensibilización, capacitación y formación, pero no se podrán limitar a estos.

2.

Hacer seguimiento y presentar un informe en cada sesión de la Comisión Nacional de Moralización, sobre el cumplimiento de los lineamientos en materia de prevención de la corrupción descritos en el anterior numeral, el cual deberá contener parámetros de medición cuantitativos y un análisis cualitativo del mismo. La secretaría técnica de la Subcomisión deberá consolidar el informe.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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