Los bienes que han sido desembargados pueden ser nuevamente denunciados en la misma ejecución, si con posterioridad al embargo han sido adquiridos por el ejecutado.
Parágrafo 6
Excepciones y apelaciones.
Ley 105 de 1931 · Sobre organización judicial y procedimiento civil
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Los bienes que han sido desembargados pueden ser nuevamente denunciados en la misma ejecución, si con posterioridad al embargo han sido adquiridos por el ejecutado.
Excepciones y apelaciones.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.