Cuando se compruebe que un concesionario está efectuando un aprovechamiento forestal defectuoso, o que no cumple con los requisitos impuestos en la respectiva providencia se le impondrá la obligación de sostener funcionarios designados por el Ministerio de Agricultura para que vigilen las operaciones. CAPITULO IX Participaciones de la Nación
Decreto 2278 de 1953 →Vigente
Artículo 41
Cuando Se Compruebe Que Un Concesionario Está Efectuando Un Aprovechamiento Forestal Defectuoso, O Que No Cumple Con Los Requisitos Impuestos En La Respectiva Providencia Se Le Impondrá La Obligación De Sostener Funcionarios Designados Por El Ministerio De Agricultura Para Que Vigilen Las Operaciones
Decreto 2278 de 1953 · Por el cual se dictan medidas sobre cuestiones forestales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.