Micelio

Artículo 154

Cuando La Emar Exija A Un Usuario De Interés Sanitario La Presentación De Un Estudio De Efecto Ambiental O Impacto Ambiental, Los Términos Y La Aprobación De Éste Deberán Ser Informados Al Ministerio De Salud

Decreto 1594 de 1984 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título I de la Ley 09 de 1979, así como el Capítulo II del Título VI, Parte III, Libro II y el Título III de la Parte III, Libro I del Decreto 2311 de 1974, en cuanto a usos del agua y residuos líquidos

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando la EMAR exija a un usuario de interés sanitario la presentación de un estudio de efecto ambiental o impacto ambiental, los términos y la aprobación de éste deberán ser informados al Ministerio de Salud. CAPITULO XIV. De los métodos de análisis y de la toma de muestras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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