Artículo único. De conformidad con el artículo 21 de la Ley 141 de 194 8 se autoriza la publicación, por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, de un folleto de divulgación de las disposiciones reglamentarias del comercio de abonos, y de las instrucciones y normas técnicas sobre su empleo. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1001 de 1949 →Vigente
Artículo 21
De La Ley 141 De 194 8 Se Autoriza La Publicación, Por El Ministerio De Agricultura Y Ganadería, De Un Folleto De Divulgación De Las Disposiciones Reglamentarias Del Comercio De Abonos, Y De Las Instrucciones Y Normas Técnicas Sobre Su Empleo
Decreto 1001 de 1949 · Sobre autorización para la publicación de un folleto
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.