Micelio

Artículo 18

Ley 611 de 2000 · Por la cual se dictan normas para el manejo sostenible de especies de Fauna Silvestre y Acuática

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aquellos zoocriaderos que no tengan especímenes en cantidad suficiente para su funcionamiento, podrán suscribir convenios con el propietario de otro zoocriadero con el fin de garantizar el suministro de especímenes, previa licencia como proveedor que otorgará la autoridad ambiental.

Parágrafo

Un zoocriadero determinado podrá desempeñarse como proveedor de especímenes para otro zoocriadero sólo cuando funcione con fines comerciales dadas las condiciones adecuadas para ese objetivo y previa autorización de la autoridad ambiental.

DE LA IDENTIFICACION DE LOS ESPECIMENES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 611 de 2000