Micelio

Artículo 10

La Sociedad Sólo Podrá Recibir En Garantía, Adquirir O Poseer Sus Propias Acciones Si La Garantía O La Adquisición Son Necesarias Para Prevenir O Evitar La Pérdida De Deudas Previamente Contraídas De Buena Fe

Decreto 2276 de 1991 · por el cual se aprueba una reforma de los Estatutos del Banco de los Trabajadores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La sociedad sólo podrá recibir en garantía, adquirir o poseer sus propias acciones si la garantía o la adquisición son necesarias para prevenir o evitar la pérdida de deudas previamente contraídas de buena fe. Si adquirir las acciones implica la disposición de fondos de la sociedad, éstos deberán ser tomados de las utilidades líquidas; las acciones deben estar totalmente liberadas y mientras pertenezcan a la sociedad quedarán en suspenso los derechos inherentes a las mismas; y la adquisición de tales acciones deberá ser decidida por la Asamblea General de Accionistas con el voto favorable de por lo menos el setenta por ciento (70%) de las acciones suscritas. Dentro de los seis (6) meses inmediatamente siguientes a la adquisición de acciones propias, la sociedad deberá tomar una cualquiera de las siguientes medidas

a)

Venderlas y distribuir su precio como utilidad, caso en el cual se procederá en la forma prevista en la ley para la colocación de acciones en reserva;

b)

Distribuirlas en especie entre los accionistas en forma de dividendo; o

c)

Cancelarlas y disminuir el capital y pagado en la suma correspondiente al valor nóminal de las acciones que se cancelan. Cuando las acciones deban ser adquiridas a título de dación en pago o sean adjudicadas judicialmente, la operación no requerirá autorización de la Asamblea General de Accionistas, y respecto de ellas sólo serán aplicables las medidas previstas en este artículo en cuanto a que el valor de adquisición sea amortizado con cargo a utilidades sociales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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