Son Sujetos Pasivos Del Impuesto De Papel Sellado Y Timbre Nacional, Para Efectos De Las Responsabilidades Que Entre Sí Puedan Exigirse Los Interesados, Y Para Tener Derecho A Deducciones De La Renta Bruta: 1° Las Personas Interesadas En La Expedición, Por Funcionarios Públicos, De Documentos Gravados
Decreto 2908 de 1960 · Por medio del cual se expiden normas sobre impuestos de timbre nacional y papel sellado. (segunda publicación)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Son sujetos pasivos del impuesto de papel sellado y timbre nacional, para efectos de las responsabilidades que entre sí puedan exigirse los interesados, y para tener derecho a deducciones de la renta bruta: 1° Las personas interesadas en la expedición, por funcionarios públicos, de documentos gravados. 2° Las personas que adquieran derechos o contraigan obligaciones que consten en documentos gravados por partes iguales. 3° Las personas que deban hacer el recaudo en la fuente.
Parágrafo
Son absolutamente nulas, para efecto fiscales, las convenciones por medio de las cuales se sustituyen los sujetos pasivos del impuesto de timbre nacional y papel sellado, indicados en este artículo. Revalidaciones y sanciones
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.