Micelio

Artículo 10

Decreto 1826 de 1994 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 87 de 1993

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a los Ministerios y Departamentos Administrativos adelantar el control interno con sujeción a las disposiciones de la Ley 87 de 1993 y atendiendo las políticas y orientaciones generales que en materia del control interno les señale el Consejo Nacional de Política Económica y Social. Lo anterior, sin perjuicio de las funciones que al Departamento Nacional de Planeación le confiere la Ley Orgánica de Planeación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1826 de 1994