El Gobierno se reserva el derecho de comprar las obras materia de la concesión. En este caso queda autorizado para reconocer al concesionario las sumas no amortizadas y una indemnización adicional que se establecerá en el contrato, teniendo en cuenta los distintos plazos en que pueda verificarse la compra.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.