Son funciones de la Sección de Educación Pre- escolar
Responder ante el Jefe de la División de Educación Elemental y Alfabetización por el cumplimiento de sus funciones.
Estudiar los problemas y necesidades de la educación pre-escolar.
Planear el desarrollo de campañas de educación pre-escolar.
Dar normas y fijar requisitos mínimos para la aprobación de establecimientos de educación pre-escolar.
Dar normas para el funcionamiento y control de los establecimientos de educación pre-escolar.
Elaborar planes de estudio para la educación pre-escolar y velar por su cumplimiento.
Colaborar con la Sección de Arquitectura Escolar en la elaboración del plan de construcciones y de los proyectos respectivos.
Colaborar con la Sección de Equipos y Materiales Escolares en la adecuada selección de equipos, materiales audiovisuales y textos de orientación y guía, en lo que se refiere a la educación pre-escolar.
Colaborar con la Sección de Servicios Bibliotecarios en la planeación y desarrollo de sus campañas.
Coordinar con la División de Acción Comunal y con las demás entidades públicas y privadas que efectúen actividades similares, la planeación y desarrollo de las campañas comunes.
Para los efectos del presente Decreto se entiende por educación pre-escolar la que tiene, entre otras, las siguientes finalidades
El desarrollo biológico normal del niño.
El desarrollo de los mecanismos sensomotores del niño para que adquiera hábitos de adaptación y comportamiento.
Preparar al niño para el paso del hogar a la escuela primaria.
Proveer al niño de un ambiente que estimule sus relaciones.