Micelio

Artículo 166

De La Disponibilidad De Historia Clínica

Decreto 1843 de 1991 · por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos III, V, VI, VII y XI de la Ley 09 de 1979, sobre uso y manejo de plaguicidas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la disponibilidad de historia clínica. Cuando el servicio no sea prestado por organismos pertenecientes al Sistema de Salud o de la Seguridad Social, la empresa debe responsabilizarse del mantenimiento actualizado, de la historia clínica de cada trabajador, la cual estará a disposición de las autoridades de salud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1843 de 1991