De conformidad con los Decretos extraordinarios 294 de 1973 y 77 de 1976, los acuerdos de obligaciones y de gastos, los giros que se libren contra apropiaciones del presupuesto nacional, avances, la constitución de reservas, disponibilidades, registro de contratos y demás operaciones que afecten el presupuesto, incluido el servicio de la deuda pública nacional, deben ser elaborados, revisados y firmados por el jefe de la respectiva División Delegada de Presupuesto.
Artículo 44
De Conformidad Con Los Decretos Extraordinarios 294 De 1973 Y 77 De 1976, Los Acuerdos De Obligaciones Y De Gastos, Los Giros Que Se Libren Contra Apropiaciones Del Presupuesto Nacional, Avances, La Constitución De Reservas, Disponibilidades, Registro De Contratos Y Demás Operaciones Que Afecten El Presupuesto, Incluido El Servicio De La Deuda Pública Nacional, Deben Ser Elaborados, Revisados Y Firmados Por El Jefe De La Respectiva División Delegada De Presupuesto
Decreto 3097 de 1984 · Sobre liquidación del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1985
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.