Micelio

Artículo 3

º Características

Decreto 1480 de 1989 · Por el cual se determinan la naturaleza, características, constitución, regímenes interno, de responsabilidad y sanciones, y se dictan medidas para el fomento de las Asociaciones Mutualistas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Características. Toda Asociación Mutual debe reunir las siguientes características

1.

Que funcione de conformidad con los principios de autonomía, adhesión voluntaria, participación democrática, neutralidad política, religiosa, ideológica y racial, solidaridad, ayuda mutua e integración.

2.

Que establezca contribuciones económicas a sus asociados para la prestación de los servicios.

3.

Que el patrimonio y el número de asociados sea variable e ilimitado.

4.

Que realice permanentemente actividades de educación mutual.

5.

Que garantice la igualdad de derechos y obligaciones de los asociados.

6.

Que establezca la no devolución de las contribuciones de los asociados y la irrepartibilidad del remanente patrimonial en caso de liquidación.

7.

Que su duración sea indefinida.

8.

Que promueva la participación e integración con otras entidades que tengan por fin promover el desarrollo integral del hombre.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1480 de 1989